Solicitud de pertenencia
De los Estatutos de la USG:
Art. 3: Son miembros de derecho de esta Unión todos los Superiores Generales de los Institutos Religiosos o de las Sociedades de Vida apostólica de derecho pontificio. Entre estos Superiores Generales hay que considerar también a los Abates Primates y a los Decanos de las Congregaciones Monásticas.
Art. 4: Pueden adherirse a la Unión como miembros adjuntos, también los Superiores Generales de los Institutos de derecho diocesano con tal que comuniquen por escrito al Consejo de la Unión su adhesión.
Las Congregaciones que aún no son miembros de la USG y que quieran solicitar su adhesión deben escribir al Presidente de la USG explicando sus razones y también indicando sus motivos:
- Fundador, lugar y fecha de fundación, fundación
- Un mínimo de historia
- Si son de derecho pontificio
- Categoría de pertenencia
- Propósito, misión
- Lugares de presencia
- Número de miembros
- Miembros del equipo de gobierno
- Residencia del Gobierno General - Teléfonos, e-mail del general y del secretario General
- Sede de la Procura: nombre y residencia del procurador